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Guía básica del nuevo Reglamento General de Protección de Datos ¿qué debe saber tu empresa?

Reglamento General de Protección de Datos

  • 18/05/2018
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Reglamento General de Protección de Datos

El próximo 25 de mayo entra en vigor el nuevo Reglamento General de Protección de Datos (RGDP), que afecta tanto a las empresas, autónomos y Administraciones Públicas de la Unión Europea, como a aquellos foráneos que envíen o reciban datos a, o desde, el Viejo Continente. Esta es una de las novedades que incluye y es necesario que conozcas dicho reglamento porque tanto si cedes tus datos como si gestionas los de terceros.



Novedades en la protección de datos en la empresa


Como norma general, desaparece el consentimiento tácito en la cesión de datos personales. Ahora debe existir una aceptación explícita e inequívoca para que alguien pueda manejarlos. Pero hay otras novedades.

Consentimiento


Además del aspecto que hemos señalado, el nuevo RGPD incorpora más novedades respecto al consentimiento. Así, las empresas tendrán que informarnos claramente a los usuarios de la utilización que van a dar a nuestros datos. Igualmente, hay un cambio en la edad en que los menores pueden consentir en facilitarlos: sigue siendo de 16 años, pero ahora se permite que cada Estado de la Unión marque la suya propia, siempre con un límite de 13 años. En España será de 14 años.

Derecho al olvido


Es, probablemente, la principal novedad del nuevo reglamento. Se crea para mejorar nuestro control como ciudadanos sobre nuestros datos personales. Básicamente, consiste en que podemos pedir a las empresas que los borren cuando ya no resulten necesarios para el fin que los facilitamos o, simplemente, comunicarles que retiramos nuestro consentimiento a que los tengan. Además, se incluye el derecho a la portabilidad que, como su propio nombre indica, implica que podemos solicitar nuestros datos a una empresa en un formato adecuado para ser traspasados a otra.



Responsabilidad activa


Ahora, quien usa nuestros datos debe asegurarnos que cumple las obligaciones que la norma establece. Es decir, no basta con que actúe cuando ha habido una infracción, sino que debe prevenirla. Y, para ello, existen una serie de obligaciones respecto a la protección de datos en la empresa: establecer medidas de seguridad, mantener un registro sobre quién trata esos datos, hacer evaluaciones de impacto respecto de estos o contar con un delegado de protección de datos. Y, por supuesto, dar aviso de violaciones de las normas de seguridad establecidas en un plazo máximo de 72 horas.



Derecho a indemnización


Con la entrada en vigor del nuevo reglamento, además, los usuarios podremos pedir una indemnización a la empresa responsable cuando nuestros datos sean difundidos por un incumplimiento en la protección de estos.

Sanciones


Finalmente, otro apartado que se renueva es el de las multas a que se enfrentarán las empresas que violen el reglamento. Las sanciones se endurecen de manera importante: pueden llegar hasta los 100 millones de euros o entre el 2 % y el 4 % del volumen de negocio anual del último ejercicio.

En conclusión, el nuevo Reglamento General de Protección de Datos que entrará en vigor en mayo próximo busca que los ciudadanos tengamos una mayor seguridad jurídica ante las empresas que manejan nuestras identidades. En cualquier caso, si deseas ampliar información o tienes alguna pregunta, puedes consultarnos ahora tus dudas